Con el objetivo entender la incidencia de la figura legal Habeas Data sobre el derecho a la protección de datos personales, la directora nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), Lorena Naranjo Godoy, presentó una charla magistral, el pasado lunes 31 de agosto, en el Taller de Garantías Jurisdiccionales, organizado por la Federación Ecuatoriana de Asociaciones Escuela de Derecho (Feade).
Durante su intervención la Directora Nacional de la Dinardap precisó la necesidad de comprender que el mundo ha pasado de una sociedad basada en la generación de información a una sociedad en red, que nos presenta un nuevo escenario, en el que, a través de la interconectividad, la generación de datos se convierte en la base para nuevos modelos de negocios y servicios.
Partiendo de la noción de que el dato personal es un elemento generador de recursos y de valor, la legislación ecuatoriana, hasta antes de la Constitución de 2008, no precisaba o establecía a la protección a los datos personales de los ciudadanos como un derecho fundamental; sin embargo, el Habeas Data se constituye en la acción jurídica que vela que estos se protejan. Convirtiéndolo al mismo tiempo en una garantía constitucional y un derecho.
Al Habeas Data se recurre para efectivizar derechos como honor, buen nombre, a la imagen y a la propia voz, derecho a la identidad, reserva de convicciones, confidencialidad de pacientes y derecho a la rectificación; y, lo otorga un juez siempre que se presenten los datos para la verificación de su exactitud, actualidad, etc.
Se fundamenta en tres ejes: el derecho a la intimidad personal y familiar, derecho a acceder a información sobre sí misma, a modificar, anular o rectificar la misma, cuando se trate de datos sensibles, falsos, tendenciosos o discriminatorios; y, el derecho de usar una acción como mecanismo de control y fiscalización del poder público.
En el escenario actual, donde nuestras acciones no solo se manifiestan en el plano físico sino en el digital, hay que reforzar el concepto de que el dato personal es aquel que nos identifica y nos hace identificable en todas las actividades en línea que realizamos y en donde dejamos una serie de datos que puede estar siendo afectados por un mal tratamiento de estos.
La problemática que tiene el Ecuador es que, si bien tiene una garantía jurisdiccional, que es el Habeas Data, no tiene una ley que guarde los principios y obligaciones que regule el uso adecuado de los datos de ecuatorianos, pese a que la Constitución de 2008, estableció a la protección de datos como un derecho fundamental. (I)
Fuente: Dinardap