La prueba digital debe ser comprensible y verificable
La directora nacional del Registro de Datos Públicos (Dinardap), Mgs. Lorena Naranjo Godoy, manifestó que una prueba digital, es aquella que debe ser adquirida de un modo menos intrusivo posible, tras un proceso que sea trazable y auditable, tratando de preservar utilidad y originalidad, que sea comprensible, verificable y que sean contrastadas con herramientas que han sido usadas para su generación.
Esto lo precisó, durante su participación en el “Seminario Derecho Procesal en el contexto del Covid – 19”, al cual fue invitada por la Asociación de Estudiantes de la Escuela de Derecho de la Universidad de las Américas (Aseudla).
Durante la exposición del tema: “Prueba digital, un reto para el Derecho Procesal”, la titular de la Dinardap explicó que en un proceso judicial se prueban hechos, actos y negocios jurídicos.
Acotó que “los hechos que se prueban en un proceso judicial, en este caso, serían hechos jurídicos digitales, que por lo tanto no tienen la manifestación de un documento electrónico, sino que a lo sumo llegan a ser mensajes de datos y, por lo tanto, no se aportan directamente al juicio, sino que se aportan con el objeto de probar actos y negocios digitales”.
Indicó además que así cómo se presentan pruebas físicas en un proceso judicial se pueden presentar también pruebas digitales.
“Hay una serie de equivalencias determinadas en la Ley de Comercio Electrónico y en Código Orgánico General de Procesos (Cogep) y esas equivalencias determinan que, si es que se requiere, para la validez o para una prueba, que un documento conste por escrito, ese documento que consta por escrito se entiende al mensaje de datos que no requiero materializar”, puntualizó.
En el encuentro, que se efectuó el lunes 15 de junio del 2020, participaron también Carlos Coello, socio de la firma Actium Asesores Legales, quien trató sobre “Audiencias telemáticas, una nueva realidad”; y Alejandro Sarzosa, especialista superior en derecho tributario por la Universidad Andina Simón Bolívar sede Ecuador, quien se refirió a: “La citación en el contexto del Covid – 19 ¿Existe algún medio para mejorar este acto?”. (I)
Fuente: (Dinardap)
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